Transparencia en la administración de la pensión de alimentos de las niñas, niños y adolescentes, obligación derivada de un derecho primigenio.

Transparencia en la administración de la pensión de alimentos de las niñas, niños y adolescentes, obligación derivada de un derecho primigenio.

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Rolando Castillo Santiago
Resumen

Objetivo. El estudio tiene como propósito responder a qué se refiere la rendición de cuentas de la pensión de alimentos y cuáles son sus propiedades, con el fin de elaborar un marco teórico / jurídico para fundamentar la solicitud de rendición de cuentas a quién ejerza la función como administrador de pensión de alimentos. Método. Para el desarrollo de esta investigación cualitativa y descriptiva se ha utilizado una combinación de técnicas, partiendo de la revisión bibliográfica en donde se hace un repaso de las raíces teóricas-jurídicas del concepto de los alimentos y sus implicaciones, seguido por un breve estudio de casos y del derecho comparado. Conclusiones. Considerando que cuando se decreta judicialmente el pago de alimentos a menores, en todos estos casos son representados por persona alguna, quien en ejercicio de la obligación de administrar la liquidez suministrada, adquirir bienes y servicios para su administrado, de manera proporcional otorga para satisfacer las necesidades del menor, respecto al monto que recibe para el fin de dar bienestar, permitiendo que los menores beneficiarios tengan el nivel de vida adecuado para su desarrollo físico y psicológico, de modo que se hagan efectivos los derechos de los menores consagrados en la norma interna y los tratados internacionales en el que un país es signatario, corresponde a la tutela jurídica efectiva del Estado dar cuenta del cumplimiento de la obligación de dar y de administrar los alimentos decretados.

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