Revista Jurídica Piélagus, Vol. 17 No. 1 pp. 97-104
Enero - junio de 2018 / Neiva (Huila) Colombia

Reparación de los pueblos indígenas en Guatemala: lecciones para el caso colombiano*

Repairment of Guatemala indigenous people: lessons for the Colombian case

Recibido: 20/04/18 Aprobado: 01/05/18
DOI: http://dx.doi.org/10.25054/16576799.1851 [Link]

Adriana Andrea Archila Moscoso
Abogada Universidad de la Sabana, Colombia
Candidata a Magister en Derecho de la
Universidad del Rosario, Colombia
adriana.archila@urosario.edu.co [Link]


RESUMEN

Este artículo tiene como pretensión evidenciar que, para que los programas de reparación de la población indígena colombiana sean eficaces, y no se repita lo ocurrido en Guatemala, deben estar construidos e implementados sobre las bases culturales y sociales propias de sus contextos.

Bajo éste panorama, se realizó una revisión de las afectaciones sufridas por las víctimas indígenas guatemaltecas y colombianas, lo cual dio lugar a una descripción del proceso reparatorio de Guatemala, permitiendo evaluar su impacto. De éste análisis se extrajeron aprendizajes fundamentales que permitirán que en Colombia se logre una reparación exitosa de los pueblos indígenas.

PALABRAS CLAVE

Derechos Humanos; Postconflicto; Pueblos Indígenas; Reparación; Víctimas.

ABSTRACT

This article aims to demonstrate that the reparation programs for Colombian indigenous people must be constructed and implemented by its cultural and social foundation context, in order to be more efficient and not to repeat Guatemala's experience.

In light of this situation, a review of the damages suffered by the indigenous victims of Colombia and Guatemala was made. The review described and evaluated the Guatemala reparation process and based on this analysis, valuable lessons were obtained, which will allow Colombia to achieve successful reparation of indigenous people.

KEYWORDS

Human Rights; Indigenous people; Post-conflict; Reparation; Victims.


INTRODUCCIÓN

A través de éste artículo se extraerán aprendizajes del proceso reparatorio de Guatemala para el caso colombiano. Como punto de partida se expondrán someramente los conflictos que han vivido ambos países y cuáles han sido las mayores afectaciones para las víctimas indígenas, pues esto permitirá dar cuenta de la importancia de programas de reparación formulados sobre bases culturales y sociales que estén en consonancia con las particularidades de los pueblos.

En el conflicto armado, la población indígena tanto guatemalteca como colombiana en general, ha sido víctima de distintas violaciones a los derechos humanos, los cuales se pueden enmarcar dentro de tres categorías: despojo de tierras, transformación de las dinámicas sociales por la pérdida de sus prácticas ancestrales y menoscabo de la independencia y autonomía. En cada país sufrieron particularidades de acuerdo a sus contextos y tradiciones.

Para empezar, en el conflicto armado guatemalteco, la población indígena maya constituyó el grupo más afectado (83,3%) (Viaene, L., 2013), fue una guerra con dimensiones discriminatorias exacerbadas por razones étnicas, respaldadas por las dinámicas nacionales que se volvieron contra la población maya (Ceballos, M., 2009) y asentadas por el Estado, quien ante la ausencia de políticas sociales acentuó estás prácticas excluyentes, alcanzando dimensiones genocidas (Comisión para el Esclarecimiento Histórico, 1999).

Los informes del Proyecto Ínterdiocesano Recuperación de la Memoria Histórica (REMHI) y la Comisión para el Esclarecimiento Histórico (CEH) concluyen que contra la población maya se cometieron actos de genocidio al dejar un saldo de más de 200.000 muertes y desaparecimientos forzados, así como la perpetración de 626 masacres, las cuales son atribuidas en un 93% a las fuerzas de seguridad del Estado (Managment System International, 2004; Azparu , y otros, 2007).

El Proyecto Ínterdiocesano Recuperación de la Memoria Histórica (REMHI) señala que los q'eqchi' fue el grupo étnico con mayor número de víctimas en el ámbito nacional (Viaene, L., 2013). Los principales hechos victimizantes documentados por la Comisión de Esclarecimiento Histórico (CEH) para la población indígena q'eqchi' se enmarcan en el desaparecimiento forzado, el desplazamiento forzado, los homicidios, las masacres, los delitos sexuales, los secuestros y la pérdida de la independencia de sus pueblos (Martínez Barahona, Gutiérrez Salazar, & Rincón Fonseca, 2012; Skaar, 2011; Isaacs, 2006; Casallas & Padilla, 2004; Comisión para el Esclarecimiento Histórico, 1999).

Sin embargo, el panorama del conflicto armado colombiano no es muy distante en cuanto a las violaciones de derechos humanos sufridos. Ha sido una confrontación compleja y prolongada durante casi 50 años, en la que ha tenido participación el Estado, los grupos guerrilleros y los grupos paramilitares. Éste conflicto ha dejado un promedio de siete millones de víctimas de genocidios, crímenes de guerra y delitos de lesa humanidad (Tawse-Smith, 2010; García Henao, 2011).

El Sistema de Información Geográfica de Pueblos Indígenas de CECOIN muestra que entre 1974 y 2004 se registran en cuanto a la población indígena, 6.726 violaciones individuales a los derechos humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario, de las cuales 1.869 corresponden a asesinatos políticos contra dirigentes y autoridades, 228 desapariciones forzadas, 604 heridos, 130 secuestros, 1009 violaciones sexuales, 392 amenazas individuales y 2493 retenciones arbitrarias (Villa & Houghton, 2004).

Las víctimas indígenas, entonces, han sido objeto de desplazamiento forzado, minas antipersonales, incertidumbre alimentaria, persecución y asesinato de sus dirigentes, violaciones sexuales, masacres, desapariciones forzadas, control y permanente amenaza por parte de los actores armados del conflicto, fraccionamiento de la autonomía de sus pueblos. Sus tierras se han convertido en zonas expuestas al flagelo del narcotráfico, presentándose, grandes cantidades de cultivos ilícitos, fumigaciones aéreas, bombardeos y rutas de contrabando y de tráfico de armas (Andrade, 2005; Sánchez Botero, 2003; Stavenhagen, 2004; Meertens, 2015).

Hoy por hoy, los indígenas colombianos son minorías empobrecidas, marginadas y discriminadas (Sánchez Botero, 2003), se encuentran en situación de emergencia por la violación de sus derechos humanos.

Considerando lo descrito, se concluye que los hechos victimizantes para la población indígena guatemalteca y colombiana impactaron trascendentalmente sus sistemas de creencias, costumbres y su configuración como población, principalmente, porque fueron afectaciones ligadas al territorio, elemento que le proporciona sustento material y metafísico a la comunidad, esencia de su sentido de identidad y pertenencia (Sánchez Botero, 2003).

De ahí nace la importancia de evaluar el nivel de impacto que tuvieron las medidas que implementó el gobierno guatemalteco, cuáles fueron los aciertos y errores cometidos, y de ese proceso, extraer lo que se puede replicar o evitar en el caso colombiano.

Para lograrlo, en primer lugar, se realizará una descripción de las principales afectaciones sufridas por la población indígena en el conflicto armado guatemalteco y colombiano, luego se hará una revisión de las medidas adoptadas por Guatemala para atender cada una de esas afectaciones. Seguidamente se evaluará el impacto que tuvieron las medidas implementadas, estableciendo si cumplieron o no con su propósito. Finalmente, la descripción y evaluación realizada permitirá proponer dos lecciones aprendidas del ejemplo guatemalteco para una efectiva reparación de la población indígena colombiana.

Estas lecciones son el producto y objeto de ésta investigación; demostrar la necesidad de requerir al proceso reparatorio colombiano, su construcción sobre las particularidades culturales que envuelven a cada una de las comunidades víctimas del conflicto, y su implementación a través de políticas públicas respetuosas de la identidad y autonomía de los pueblos indígenas.

Debido a que cuando se habla de pueblos indígenas, los daños y la manera de afrontarlos, no se pueden establecer según estándares universales, es necesario entender el entramado de relaciones de cada espacio concreto (Villa, Londoño, & Barrera, 2015), porque cuando las medidas adoptadas no responden a sus reclamos y necesidades no se constituyen verdaderas herramientas de reparación integral (Bolívar Jaime, 2009).

1. PRINCIPALES AFECTACIONES SUFRIDAS POR LA POBLACIÓN INDÍGENA EN EL CONFLICTO GUATEMALTECO Y COLOMBIANO

Durante 36 años (de 1960 a 1996) Guatemala sufrió uno de los conflictos armados más sangrientos del continente latinoamericano. En el transcurso de los 36 años de conflicto (1960-1996) 200.000 personas fueron asesinadas o desaparecidas, se cometieron 626 masacres, más de 400 aldeas fueron destruidas, 1.500.000 personas se desplazaron internamente y alrededor de 150.000 se refugiaron en México (Comisión para el Esclarecimiento Histórico, 1999; Viaene, 2013).

Ante un panorama constante de desaparecimiento forzado, violaciones sexuales, secuestros y hechos de violencia con resultado de lesiones graves (Martínez Barahona, Gutiérrez Salazar, & Rincón Fonseca, 2012; Comisión para el Esclarecimiento Histórico, 1999), muchas familias maya q'eqchi' se vieron obligadas a abandonar sus tierras y en situación de desplazamiento huyeron a otros lugares del Valle de Polochic, área montañosa cercana a ciudad de Guatemala (Ramírez Parra, 2015; Ceballos, 2009), lo cual generó profundos impactos sociales asociados al despojo, vivieron la explotación, la marginalidad, la pobreza, la ruptura de muchas de sus prácticas y la transformación de sus dinámicas sociales, resultando vulnerados derechos como los de la existencia, la integridad y la identidad cultural (Arango Escobar & Jaramillo Sierra, 2014; Marti i Puig & Alcántara Sáez, 2004).

El despojo de tierras también estuvo atado a otras violaciones de derechos humanos, como la violación sexual a las mujeres, lo cual, además del impacto individual, también generó un alcance colectivo, puesto que se experimentaban como una ofensa a la comunidad (Comisión para el Esclarecimiento Histórico, 1999). Las mujeres en condiciones vulnerables ante violaciones potenciales se vieron obligadas a abandonar sus familias y alejarse de las comunidades, huyendo a las montañas en donde duraron períodos de hasta seis años, en condiciones de carencia de alimentos y abrigo (Ramírez Parra, 2015).

Ésta problemática involucró pérdidas en el ámbito de la familia, la identidad, la sostenibilidad, la independencia y la autonomía de los sujetos y las comunidades; no se limitó solo a la expropiación de bienes, sino que también involucró la interrupción de las relaciones sociales que para ellos eran significativas (Centro de Pensamiento Latinoamericano Raiz-AL, 2015; Díaz Moreno, 2016).

Los sobrevivientes q'eqchi', describen el período del conflicto armado con el término nimla rahilal, el cual significa sufrimiento y dolor físico, emocional y espiritual por una pérdida definitiva de familiares y bienes. Las acciones de contrainsurgencia no violaron solamente sus derechos humanos, sino que también violaron y transgredieron las normas sociales y espirituales establecidas por sus comunidades (Viaene, L., 2013).

La CEH (1999) concluyó que este conflicto, por su violencia brutal, causó una ruptura del tejido social maya que minó las normas y los elementos sociales de su identidad cultural. Para los q'eqchi, su concepto espiritual central, sobre el cual configuran su identidad, es el Tzuultaq'a (“Cerro-Valle”). Al “espíritu de la montaña” encomiendan todos los actos de la vida cotidiana. Lo sagrado para los mayas no se limita a la relación con la divinidad, para ellos el maíz, el altar familiar, las cuevas, los cerros, la piedra de moler, son sagrados. La población indígena sobreviviente percibe que el conflicto los profanó tanto a ellos como al cosmos, sienten que mancillaron su dignidad (Viaene, L., 2013).

De otro lado, en el panorama del conflicto armado colombiano, los pueblos indígenas víctimas del conflicto han sufrido persecución y asesinato de sus dirigentes abusos, incertidumbre alimentaria y miseria material, han sido marginados y discriminados y sus territorios han sido zonas utilizadas por los grupos beligerantes para el narcotráfico, contrabando y tráfico de armas (Andrade, 2005; Sánchez Botero, 2003; Stavenhagen, 2004; Meertens, 2015).

Un 85% del total de la población indígena colombiana vive en resguardos legalmente constituidos, mientras que aproximadamente 200.000 indígenas se encuentran fuera de sus territorios ancestrales, sin tierra. Este es un dato trascendente, puesto que, y como se ha mencionado con anterioridad, para los indígenas el territorio constituye no solo una base material sino también espiritual. El territorio vincula a los indígenas, les otorga sentido de unión y de supervivencia en un proceso encadenado de arraigo, de identidad y pertenencia (Sánchez Botero, 2003).

El relato de estas afectaciones podría entonces, enmarcarse dentro de tres categorías: despojo de tierras, transformación de sus dinámicas sociales por la pérdida de sus prácticas ancestrales y el menoscabo de su independencia y autonomía.

2. MEDIDAS ADOPTADAS EN GUATEMALA PARA REPARAR CADA UNA DE LAS AFECTACIONES

En primer lugar, en cuanto a la reparación de los daños causados por el despojo de tierra, el Acuerdo de Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas, suscrito en las negociaciones de paz, reconoció derechos relativos a la tierra como: la garantía al acceso a las mismas y a los recursos a los que hubiesen tenido acceso tradicionalmente; participación en el uso, administración y conservación de sus recursos naturales; restitución o compensación de tierras; asignación de tierras estatales a comunidades que las requerían para su desarrollo, creación de instancias para reclamación de tierras; y eliminación de toda forma de discriminación contra la mujer que le impidiese acceder a la tierra, pues en la mayoría de las comunidades indígenas las mujeres no eran sujetos de derecho sobre la propiedad de la tierra (Condore Calle, 2007; Isaacs, 2006).

Otra intención valiosa fue la creación del Fondo de Tierras (Fontierras), creado por el Acuerdo sobre Aspectos Socio Económicos y Situación Agraria, también suscrito en las negociaciones de paz. Sin embargo, para ejecutar los programas de acceso a la tierra, el gobierno le dio a Fontierras una asignación económica insuficiente respecto a la complejidad de la problemática a enfrentar, por lo que el programa no tuvo mayor incidencia (Villa, Londoño, & Barrera, 2015).

El Fondo doce años (2008) después de haber sido creado, promovió un programa de regularización, legalización y adquisición de tierras para las comunidades indígenas con el objetivo que pudiesen tener certeza jurídica sobre la propiedad de la tierra y así sentar las bases para el desarrollo rural en el país (Bolívar Jaime, 2009).

A cargo de la implementación de medidas integrales para el resarcimiento de las víctimas estaba la Comisión Nacional de Reconciliación (CNR) quién debía operar a través del Programa Nacional de Resarcimiento (Duque, 2005). Ésta Comisión se comprometió a dignificar a las víctimas por medio de compensaciones pero dos años más tarde sólo se había realizado un pago de resarcimiento (Isaacs, 2006). Sin embargo, cinco años más adelante la Comisión mejoró su gestión y logró 8.518 resarcimientos que en dinero costaron 90.112.308,97 quetzales (Martínez Barahona, Gutiérrez Salazar, & Rincón Fonseca, 2012).

En cuanto a la reparación por la pérdida de prácticas ancestrales y la transformación de las dinámicas sociales, mediante el Acuerdo de Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas, se pactó el deber de reconocer las tierras culturales pero no hubo voluntad política para cumplirlo (Condore Calle, 2007). Como producto de éste acuerdo, también se creó la ley contra la discriminación racial y, en aplicación de ella, en febrero de 2005, se llevó a cabo el primer proceso, enjuiciando los insultos y amenazas recibidas por Rigoberta Menchú, premio Nobel de la Paz, el cual concluyó con una sentencia condenatoria para los implicados (Marti i Puig & Alcántara Sáez, 2004).

Existió además, un compromiso por parte del gobierno para establecer acciones para eliminar la discriminación y el racismo y se puso de presente que el respeto a los pueblos indígenas era determinante para llevar a cabo el proceso de reconciliación (Marti i Puig & Alcántara Sáez, 2004). En el contexto del postconflicto se promulgaron leyes para castigar la discriminación y se introdujeron reformas educativas que tomaban en cuenta la pluralidad cultural de Guatemala (Isaacs, 2006).

Un ejemplo de esto, son las acciones de sensibilización para informarle a las comunidades sobre el significado del resarcimiento (Bolívar Jaime, 2009) y la búsqueda de reivindicación de la calidad de ciudadano indígena ante la sociedad a través del Programa Nacional de Resarcimiento (Varón Gómez, 2011).

El Programa Nacional de Resarcimiento contó con personal indígena para la atención de los programas de salud mental comunitaria, lo cual generó espacios de confianza para el tratamiento del pasado y generó concientización y empoderamientos en las víctimas, lo que les permitió articular sus demandas de manera más organizada (Duque, 2005).

De otro lado, la independencia y la autonomía menoscabada, fueron temas centrales de las recomendaciones de la CEH, se resaltó la importancia del reconocimiento de la nación como una nación pluriétnica y multicultural con el propósito de prevenir políticas discriminatorias y comportamientos xenófobos y así hacer más fácil el acatamiento de las recomendaciones (Ceballos, 2009).

Sin embargo, el presidente de su momento no aceptó el informe de la CEH y desestimó la necesidad de implementar las recomendaciones (Isaacs, 2006), no fue sino hasta cuatro años después que el gobierno asumió el compromiso de darle continuidad al proceso de paz e implementar las recomendaciones de la CEH. De estos compromisos nació la Ley que declaró el Día Nacional de la Dignidad de las Víctimas de la Violencia en el año 2002 (Varón Gómez, 2011), la creación del Día Nacional de las Víctimas del Conflicto Armado y la incursión por primera vez de los términos reparaciones individuales y colectivas, lo que dio lugar a establecer las siguientes medidas de resarcimiento: restitución material, indemnización económica, medidas para la dignificación de las víctimas y reparación psicosocial y cultural (Martínez Barahona, Gutiérrez Salazar, & Rincón Fonseca, 2012; Varón Gómez, 2011).

Otro producto del compromiso del gobierno, fue la creación de la Unidad Técnica de Calificación de Víctimas y Áreas Técnicas y Administrativas (UTCV) bajo la supervisión del Programa Nacional de Resarcimiento. Ésta entidad tenía dos funciones de gran importancia para la reparación: elaborar el reglamento para la Calificación de Víctimas y Beneficiarios del PNR y generar un Registro Nacional de Víctimas.

Lamentablemente, ese mismo año desapareció sin ni siquiera lograr un proceso reparatorio (Varón Gómez, 2011).

3. IMPACTO DE LAS MEDIDAS ADOPTADAS POR GUATEMALA ¿SUBSANARON LAS AFECTACIONES?

Una descripción de la realidad de la población maya en el postconflicto se resume en proyectos destinados a sobrevivientes casi inexistentes, desigualdades estructurales de gran profundidad y vigencia de problemáticas como la discriminación racial, el abandono del Estado y la fragmentación social provocada por el conflicto (Viaene, 2013).

Lo anterior permite concluir, que las medidas tomadas por el gobierno guatemalteco no subsanaron las afectaciones. La población indígena no vio resarcido su derecho al territorio, su derecho a la existencia, su derecho a la identidad cultural. Las víctimas sobrevivientes del conflicto armado no se sienten reparadas, sus derechos siguen siendo desconocidos, sus condiciones socio económicas aún son las mismas, su identidad cultural y autonomía como pueblo continúan sin reconocimiento.

Esto sucedió por dos razones principalmente: no se evidenció voluntad política y los programas planteados carecieron de un enfoque cultural, ritual y simbólico. De no haber sido así, se habría protegido sus prácticas y costumbres y se habría ofrecido reparaciones satisfactorias en clave de lo que para ellos es relevante en su reconstrucción como comunidad.

Únicamente, la atención de los programas de salud mental comunitaria a través del personal indígena, fue una medida atravesada por los lineamientos de su cosmovisión, de resto, en las demás medidas no se evidencia un análisis de las bases culturales sobre las que debían sentar su programa de reparación. Tampoco existió una articulación entre las propuestas del gobierno y las políticas públicas para disminuir los niveles de discriminación, pobreza, exclusión social, analfabetismo y desigualdad social.

Tener como base el contexto cultural de la población maya para plantear los programas de reparación, era fundamental, puesto que la visión de los indígenas respecto de las atrocidades, hechos victimizantes, violación a los derechos humanos no es la misma que la proveniente del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, razón por la cual, las medidas que se adopten para repararlos deben estar ancladas a su marco de referencia cultural, filosófico y ontológico (Viaene, 2013).

Un ejemplo de que lo que es justicia y reparación para la población indígena no es lo que tradicionalmente se da por entendido, es que para ellos la finalidad no es la rendición de cuentas por parte de los victimarios. Los q'eqchi' casi nunca exigían persecución judicial a los responsables y autores de las atrocidades, únicamente algunas personas líderes, que recibieron capacitación en derechos humanos por parte del equipo de REMH o de la Misión de Verificación de Naciones Unidas, mencionan “hacer justicia” como algo necesario, pero no es su primera preocupación, los sobrevivientes plantean: “¿Qué beneficio podría traer el enjuiciamiento y encarcelamiento de ellos como sobrevivientes del conflicto? Si los perpetradores intelectuales están en la cárcel ya no nos pueden ayudar” (Viaene, 2013).

4. LECCIONES APRENDIDAS PARA EL CASO COLOMBIANO

Entonces, del ejemplo guatemalteco es posible extraer las lecciones que se exponen a continuación. En primer lugar, si Colombia quiere enfrentar los profundos abismos creados y/o acentuados por el conflicto, debe estructurar sus programas de reparación sobre las prácticas propias de las comunidades a resarcir, para que así, las medidas estén conexionadas con su cosmovisión. Es necesario hacer un estudio de su contexto cultural y como las violaciones a sus derechos los han impacto, de ésta manera podrán plantearse tanto las reparaciones colectivas como las individuales.

De otro lado, será imprescindible la voluntad política para que todo lo propuesto y creado en aras de reparar a la población indígena no quede solo en el campo de la intención. Es muy importante que los proyectos se transformen en leyes y para su aplicación vayan acompañados de políticas públicas que estén formuladas sobre los mismos preceptos de protección de las costumbres y tradiciones indígenas, siempre orientados a la reconstrucción de las comunidades desde la satisfacción de las necesidades primarias (Uprimny & Saffon, 2009).

Por esto, las medidas de reparación que se implementen no sólo deberán ser protectoras de los contextos culturales, sino que, deberán enfrentar los problemas de desigualdad y pobreza, y estar orientadas a mejorar los estándares de calidad de vida en lo económico y lo social. Si los programas de reparación integral que se implementan no buscan enfrentar los problemas de desigualdad y pobreza, al reparárseles se les estaría restituyendo a situaciones de miseria y discriminación.

Como dice Uprimny (2010), para que los programas de reparación sean transformadores, debe existir, por un lado una articulación entre la reparación y la política social, y por otro lado, se debe empoderar a las personas en situaciones de vulnerabilidad, buscando reducir la pobreza y la desigualdad, a través de los procedimientos y los beneficios a otorgar.

Por ejemplo, en las medidas que se tomen para reparar los daños causados por el despojo de tierra, el territorio deberá ser entendido como un escenario socio-histórico con diversidad social y cultural, en el que las comunidades desempeñan un papel protagónico en la definición del mejoramiento de sus condiciones de vida (Pantoja Narvaez & Rodríguez Escobar , 2017).

CONCLUSIONES

Éste ejercicio investigativo permitió concluir que si Colombia quiere construir una paz estable y duradera, por lo menos en cuanto a víctimas de la población indígena se trata, será necesario hacer importantes esfuerzos políticos de redignificación, reconstrucción del tejido social y reconocimiento de las poblaciones, con cada una de sus complejidades para diseñar e implementar las reparaciones individuales y colectivas a las que haya lugar.

La realidad de la población indígena colombiana en el postconflicto, debe superar las atrocidades sufridas en el pasado, para lograrlo, los territorios deben ser vistos como el epicentro de su construcción como comunidad, lo que ayudará a vencer la fragmentación social provocada por el conflicto, como quiera que a él está ligada su identidad.

La creación de las medidas reparatorias deberá hacerse sobre estudios serios que den cuenta del significado para la comunidad a reparar, el derecho al territorio, el derecho colectivo a la propiedad, el derecho a la autonomía, el derecho a la existencia, la integridad y la identidad cultural.

Será necesario hacer estudios de cada uno de los contextos culturales y como las violaciones a los derechos humanos los impactaron, para de esta manera, crear programas de reparación que tengan como pilares, la protección de las costumbres y tradiciones indígenas, con el objeto de lograr la una reconstrucción respetuosa de las comunidades.

Finalmente, para el campo de la implementación, será indispensable, la voluntad política, pues de lo contrario, será muy difícil que los programas y medidas diseñadas pasen del plano de la propuesta al nivel de la ejecución.

Queda entonces en manos del gobierno actual y los que están por precederlo, la responsabilidad de implementar el acuerdo de paz, las recomendaciones que en su momento dará la Comisión de la Verdad, crear medidas de reparación exitosas y proyectar políticas públicas que estén enlazadas a las particularidades sociales y culturales de los pueblos objeto de reparación.

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* Artículo de reflexión de investigación terminada.