La Constitución y el matrimonio homosexual en España - A propósito de la STC 198/2012 del Tribunal Constitucional

##plugins.themes.bootstrap3.article.main##

Hubert Alcaraz Universidad de Pau y de los Países del Adour
Resumen

Los debates jurídicos a diario son alimentados en razón de las dinámicas sociales cotidianas. De ahí que el derecho esté en un constante cambio frente a los conceptos que se tengan y es así como ningún aspecto social es ajeno al debate. Es aquí donde este artículo pretende hacer una presentación académica frene a la irregularidad en la toma de decisiones para invalidar el matrimonio entre parejas del mismo sexo en España mediante la sentencia STC 198/2012 emitida por el Tribunal Constitucional español. Si bien las decisiones de este Tribunal son importantes pues deciden casos trascendentales, en algunos casos se verifican argumentos
vagos y superficiales dentro de los cuales se hace mención a las condiciones que pueden brindar a los niños las parejas homosexuales frente a las parejas heterosexuales; de igual manera, se tiene en cuenta la postura que tuvieron los miembros del Tribunal que votaron de manera contraria a la decisión de la mayoría.

Palabras clave

Descargas

Los datos de descargas todavía no están disponibles.

##plugins.themes.bootstrap3.article.details##

Biografía del autor/a / Ver

Hubert Alcaraz, Universidad de Pau y de los Países del Adour

Profesor Universidad de Pau y de los Países del Adour - Francia
Referencias

·Alcaraz, H. y Lecucq (2009). "El estado de las autonomías después de suspender el Tribunal Constitucional español sobre el nuevo Estatuto de

Cataluña" RFDA de 2011, N ° 2, p. 403.

·Alcaraz, H. (2009). "La libertad fundamental del matrimonio en España", en J-J Lemouland y Lecucq O. (ed.) La libertad fundamental a contraer matrimonio, Aix-Marsella, Prensa de la Universidad de Aix Marsella, Francia. P.63.

·Alcaraz, H. (2013) « Le mariage entre personnes de même sexe dans la jurisprudence constitutionnelle étrangère », RFDA, 2013, n° 5, p. 986

·Alfageme, (2005) "Obispos cargas y Altos mandatarios del PP arropan la Manifestación Contra as bodas gays" El País, 19 de junio.

·Barrero, Ortega. (2007). "El debate sobre la legislación matrimonio homosexual en España,"RFDC, No. 70, p. 249.

·Bercovitz, R. (2003). "La Competencia para legislar sobria parejas de hecho" Derecho Privado y Constitución de 2003, No. 17, p. 61 y ss., Spec. p. 67.

·Capitant, D. (2001) El efecto legal de los derechos fundamentales en Alemania. París, LGDJ, p. 175.

·Contreras, P. (2007) “La Constitución y la Ley 13/2005 de 1 de julio, de reforma del Código civil en materia de derecho a contraer matrimonio”, en Constitución, derecho al matrimonio y uniones entre

personas del mismo sexo, Madrid, Documentos del instituto de Ciencias para la familia, Universidad de Navarra, p. 89.

·Díez Picazo, L. (2007). “En torno al matrimonio entre personas del mismo sexo”, InDret, p. 8.

·Freijedo, B., Menéndez, V., Rodríguez, R., Corral, A. y Sarasola, F. (1978), en general Teoría de los Derechos Maestro en la Constitución Española Madrid, Tecnos, Spec. p. 45 y s.

·Gómez, Y. (1990). Familia y matrimonio en la Constitución Española 1978. Madrid. Publicaciones del Congreso de los Diputados, spec. p. 180.

·Instituto Español Nacional de Estadística (INE). (2011) Recuperado de: http://www.ine.es

·Martínez, F. (2005). "homosexualidad y Constitución", Revista Española de Derecho Constitucional, No. 73, p. 111.

·Martínez, R. (2011) cit., p. 116; B. Rodríguez Ruiz, «Matrimonio, género y familia en la Constitución española : trascendiendo la familia nuclear », Revista española de derecho constitucional, n° 91, p. 77

·Martínez, R., Civitas, T., Díez Picazo, L. (2008) Sistema de derechos fundamentales, Pamplona cit., p.150, 3a ed., p. 60.

·Naranjo de la Cruz, R. (2013) "matrimonio homosexual Categories jurídicas allí," Revista General de Derecho Constitucional, N ° 17 (octubre), p. 6.

·Portilla, M. (2012). "Matrimonio entre Personas del Mismo Sexo y Tribunal Constitucional: una sobria ensayo los Constitucionalidad Del Primero y Los Límites de la Actuación del segundo" Revista General

de Derecho Constitucional, 5, p. 5.

·Trevijano, G., Navarro, S. y De Esteban, J. (2004) Tratado de Derecho Constitucional, Madrid, Universidad Complutense, Tomo II, p. 146.

·Villalón, P. Cruz, 2009. "El estado de la Corte Constitucional", en P. Bueno (eds.) Treinta años de aplicación de la Constitución Española, Dalloz, p. 156.

·Zoller, E. (2000) Gran Tribunal Supremo de los Estados Unidos, París, PUF, p. 679.

REFERENCIAS NORMATIVAS

·L. 13/2005. Ley de 1 de julio de reforma del Código Civil en relación con el matrimonio, BOE nº 157, de 2 de julio de 2005, p. 23632.

·L. 6/2000. Ley Foral de Navarra de 3 de julio, para la igualdad jurídica de las parejas estables.

·L. 2/2010. Ley orgánica de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo.

Sistema OJS - Metabiblioteca |