Humanización de los servicios de salud ¿es necesario hablar de ello?
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Señor director: He leído la editorial de la Revista Facultad de Salud volumen 7 número 1 y discrepo en la respuesta que hace el autor del artículo cuando plantea «si es necesario hablar de la humanización de los servicios de salud».Personalmente considero que no debemos hablar de servicios de salud humanizados porque como expone el autor, la atención en salud es un acto humano que involucra como mínimo a dos seres humanos, por ende la atención humanizada debe ser inherente a la condición de la persona y no simplemente un derecho, petición o exigencia del paciente.
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Montalvo Arce CA. Humanización de los servicios de salud ¿es necesario hablar de ello?. Rev Fac Salud - RFS. 2015;7(1):7-8.
Morales RM, Muñoz MÁC, Capa M del RM. HUMANIZACIÓN EN EL ÁMBITO SANITARIO: Una mirada desde la enfermería de Atención Primaria de Salud. Lulu.com; 71 p.
Congreso de la República de Colombia. Ley 23 de 1981. Por la cual se dictan normas en materia de ética médica. 1981.
Congreso de la República de Colombia. Ley 911 de 2004. Por la cual se dictan normas en materia de responsabilidad deontológica para el ejercicio de la profesión de enfermería en Colombia; se establece el régimen disciplinario correspondiente y se dictan otras disposiciones. 2004.
de los Derechos Humanos DU. Asamblea General de las Naciones Unidas. París ONU Httpwww Un Orgspanishaboutunhrights Htm. 1948;
Congreso de Colombia. Ley estatutaria No. 1751 del 16 de febrero 2015. Por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones. 2015.