The right to social protest in Colombia: conceptual analysis and jurisprudence

El derecho a la protesta social en Colombia: análisis conceptual y jurisprudencial

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Germán Afonso López Daza
Abstract

This article is the result of theoretical research on social protest in Colombia, which has been declared a fundamental right by the Constitutional Court in judgments on protection of fundamental rights and the control of constitutionality. This right is supported by constitutional articles 37, 38, 39 and 56, which enshrine the right to assemble and demonstrate in public, the right to freedom of association, the right to form trade unions or associations and the right to strike respectively. The article develops a theoretical approach to that fundamental right, the protection contained in international standards, the jurisprudential developments made by the Constitutional Court, as well as a review of the main decisions of the Council of State on the subject.

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References

I. Archila, M., García, M., Restrepo, A., y Parra, L. (2014). Luchas sociales en Colombia 2013. Informe especial CINEP. Programa por la paz.

II. Batalla, A. Coord. (2014). Protesta Social y Derechos Humanos: Estándares Internacionales y Nacionales. Chile. Tomado de http://acnudh.org/wp-content/uploads/2015/04/PROTESTA-SOCIAL.pdf

III. Beale, A. (2012). De los medios de comunicación estatales a las redes mundiales. En Moragas, M. (Ed.), La comunicación: De los orígenes a Internet (pp. 157 - 178). Barcelona: Gedisa.

IV. Beck, U. (2002). Hijos de la libertad: contra las lamentaciones por el derrumbe de los valores. En Beck, U (Ed.), Hijos de la Libertad (pp. 7 - 32).

V. Berlin, I. (2014). Las Ideas Políticas en la era Romántica. Segunda Edición. México: Fondo de Cultura Económica.

VI. Bühler, J. (2005). La Cultura en la Edad Media. Barcelona: reditar libros.

VII. Comisión Interamericana de Derechos Humanos (2016). Informe de la relatoría especial para la libertad de expresión. Documento disponible en: http://www.oas.org/es/cidh/expresion/docs/informes/anuales/InformeAnual2016RELE.pdf

VIII. Correa, N. (2014). El costo presupuestal del paro judicial. Bogotá, D.C.: Consejo Superior de la Judicatura. Obtenido de https://www.ramajudicial.gov.co/portal/historico-de-noticias/-/asset_publisher/tc8GIx9NJWBV/content/id/4456607

IX. Escobar, S. (2002). Argentina: la historia después de la historia. Estudios Internacionales. Vol. 35 Núm. 137, Abril, Instituto de Estudios Internacionales, Universidad de Chile, Santiago de Chile. Revisado el 24 de marzo de 2017. Tomado de http://vlex.com/vid/argentina-historia-despues-56499871

X. Gargarella, R. (2007). Un Dialogo sobre la ley y la Protesta. Revista POSTData: Revista de Reflexión y Análisis Político. 139-170

XI. Gargarella, R. (2007). El derecho de resistencia en situaciones de carencia extrema. Astrolabio. Revista internacional de filosofía, (4).

XII. ONU, (2014). Informe del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación, Maina Kiai (A/HRC/26/29). Documento disponible en: http://ap.ohchr.org/documents/dpage_s.aspx?si=A/HRC/26/29

XIII. ONU, (2014). Informe anual del Relator. Cuestiones relativas al ejercicio de los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación en el contexto de las instituciones multilaterales. (A/69/365). Documento disponible en: https://documents-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/N14/523/25/PDF/N1452325.pdf?OpenElement

XIV. ONU, (2014). Resolución No. 25/38 para la promoción y protección de los derechos humanos en el contexto de las manifestaciones pacíficas.

XV. ONU, (2016). Informe conjunto del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación y el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias acerca de la gestión adecuada de las manifestaciones. (A/HRC/31/66). Documento disponible en: http://ap.ohchr.org/documents/dpage_e.aspx?si=A/HRC/31/66

XVI. Jenkins, C. y Klandermans, B. (1995). The Politics of Social Protest. Comparative Perspectives on States and Social Movements, Vol 3. Social Movements, Protest, and Contention. Minneapolis: University of Minnesota Press

XVII. Medina; A. (2015). "Paro judicial ¿culpable?". Revista Cien Días.

XVIII. Salcedo, C. (2009). El derecho constitucional de reunión y la protesta social. Gaceta Constitucional, N. º 19, Lima, Gaceta Jurídica, julio, 83-96.

XIX. Stacey, R. y Coffin, J. (2012). Breve Historia de Occidente. Las culturas y las civilizaciones. Editorial Planeta.

XX. Sassen, S. (2007). Una sociología de la globalización. Buenos Aires: Katz.

XXI. Toner, J. (2012). Sesenta Millones de Romanos. Barcelona: Critica.

XXII. Twining, W. (2003). Derecho y Globalización. Bogotá: Siglo del Hombre.

XXIII. Uprimny, R. y Sánchez, L. M. (2010). Derecho Penal y Protesta Social. En Bertoni, E. (Comp.), ¿Es legitima la criminalización de la protesta social? Derecho Penal y libertad de expresión en América Latina. Buenos Aires: Universidad de Palermo.

XXIV. Velasco, M. (2006). Cambio institucional y protesta social en Colombia 1964 - 2000: análisis de series de tiempo. Revista Colombia Internacional, (63), Enero. Universidad de los Andes, Bogotá. Tomado de: http://vlex.com/vid/institucional-protesta-series-tiempo-56843477

XXV. Vallés, J. y Martí, S. (2016). Ciencia Política. Un manual. Barcelona: Ariel.

XXVI. Zaffaroni, R. (2010). Derecho penal y protesta social. ¿Es legítima la criminalización de la protesta social? (Comp.). Buenos Aires.

XXVII. CE, s3, C.P. D. Suárez (Consejo de Estado, 28 de enero de 1993).

XXVIII. CE, s3 C.P. J. Uribe (Consejo de Estado, 25 de febrero de 1993).

XXIX. CE, s3, C.P. J. Montes (Consejo de Estado, 01 de octubre de 1993).

XXX. CE, s3, C.P. H. Andrade (Consejo de Estado, 27 de noviembre de 2013).

XXXI. CE, s3, C.P. S. Conto (Consejo de Estado, 31 de agosto de 2015).

XXXII. CE, s3, C.P. R. Pazos (Consejo de Estado, 01 de junio de 2017).

XXXIII. CE, s3, C.P. D. Rojas (Consejo de Estado, 08 de junio de 2017).

XXXIV. CE, s3, C.P. H. Andrade (Consejo de Estado, 12 de junio de 2017).

XXXV. CE, s3, C.P. D. Rojas (Consejo de Estado, 08 de julio de 2017).

XXXVI. CConst, T-456/1992. J. Greiffenstein y E. Cifuentes.

XXXVII. CConst, T-219/1993, A. Barrera.

XXXVIII. CConst, T-024/1994, A. Martínez.

XXXIX. CConst, C-179/1994, C. Gaviria.

XL. CConst, C-650/2003, M. Cepeda.

XLI. CConst, C-711/2005, A. Beltran.

XLII. CConst, C-742/2012, M. Calle.

XLIII. CConst, T-366/2013, A. Rojas.

XLIV. CConst, C-223/2017, A. Rojas.

XLV. Betín del Río, T. (2013). Paros golpean el corazón productivo de Colombia. El heraldo. Recuperado de: https://www.elheraldo.co/noticias/nacional/paros-golpean-el-corazon-productivo-de-colombia-118172

XLVI. El espectador. (2013). Hombre muere en ambulancia por bloqueo en paro minero. El espectador. Recuperado de: https://www.elespectador.com/noticias/nacional/hombre-muere-en-ambulancia-por-bloqueo-en-paro-minero/

XLVII. RCN. (2013). Se registran 12 ataques a ambulancias en el Catatumbo. RCN. Recuperado de: https://www.rcnradio.com/colombia/se-registran-12-ataques-ambulancias-en-el-catatumbo-75629

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