El fenómeno de la migración ilegal en Colombia
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La regulación del movimiento de personas a través de sus fronteras es una de las preocupaciones actuales de los Estados contemporáneos. Esta restricción busca evitar el ingreso ilegal de individuos a un determinado territorio y con ello impedir cargas económicas al Estado receptor en materia de seguridad social, así como tener mano de obra no calificada y con un valor más económico, que compita laboralmente con los nacionales o, en últimas, que el migrante ilegal entre a formar parte de las redes delincuenciales del país que lo acoge.
Es por ello que los Estados han diseñado políticas que buscan, entre otros fines, la guarda de la seguridad e integridad de sus fronteras, la determinación de los derechos de los habitantes de su territorio, la protección de un determinado modelo económico y el manejo de las relaciones internacionales. Los objetivos de estas políticas están relacionados con la existencia misma del Estado y como reflejo de su soberanía.
Sin embargo, la protección de los derechos humanos de los migrantes es un elemento nuevo que tradicionalmente no se tenía en cuenta en la lucha contra la migración ilegal.
Esto lleva a que los Estados deban tener en cuenta las reglas establecidas por el Derecho Internacional para el amparo y defensa de los migrantes. Este enfoque exige la reconfiguración de las políticas públicas en materia migratoria, pues ahora los Estados deben seguir su lucha contra la migración ilegal dentro del marco de una protección de sus derechos humanos.
Las medidas que se adopten para regular los movimientos de población deben también atender esta condición de fragilidad con el fin de reconocerles una especial protección, así como para crear los mecanismos necesarios para que este hecho no impida a quienes se desplazan gozar de manera efectiva de sus derechos.
Respecto a los derechos que deben ser reconocidos a los migrantes, hay consenso que un Estado puede limitarles la titularidad de ciertos derechos, en particular los relacionados con la ciudadanía. Sin embargo, otros deben ser protegidos por su simple condición de seres humanos.
En cuanto al marco geográfico de generación del fenómeno, América Latina está viviendo una experiencia nueva pues el arribo ilegal de personas era parte de la cotidianidad en Europa y Estados Unidos. Hoy día, por cuenta de la crisis política y humanitaria que se vive en Venezuela, sus ciudadanos protagonizan el mayor flujo migratorio siendo Colombia el principal país receptor y en menor medida Argentina, Chile, Perú, Ecuador y Brasil.
Para el caso colombiano, sus fronteras tanto marítimas como terrestres tienen serias dificultades en materia de defensa y control, pues el recurso humano es insuficiente para vigilar los más de 2 mil kilómetros que comparte con Venezuela. Esta debilidad genera un gran problema de seguridad nacional que se refleja en problemas de tráfico de personas, contrabando de mercancía, narcotráfico y violencia por presencia de la guerrilla del ELN.
Según reportes periodísticos (El Espectador, diciembre 2017), cerca de 550 mil ciudadanos venezolanos se asentaron permanentemente en el país en 2017; un incremento del 62% respecto al año anterior. Migración Colombia también encontró otras modalidades de migración: se trata de la migración pendular que consiste en el tránsito de venezolanos por territorio colombiano con la finalidad de suplir necesidades básicas como la compra de alimentos o medicinas.
El mismo medio periodístico reportó que las ciudades en donde más se establecen estos migrantes son: Bogotá, Ipiales, Barranquilla, Cúcuta, Maicao, Medellín, Pasto, Bucaramanga, Cartagena y Cali, siendo el Puente Internacional Simón Bolívar el que más registra a este tipo de migrantes con un 53%, siguiendo el paso en La Guajira con un 19% y el Aeropuerto el Dorado con un 17%.
El reto para Colombia es el de atender a los migrantes venezolanos, pues a pesar de su estatus ilegal, la normativa internacional obliga al Estado a no discriminarlos en virtud de su nacionalidad. Es aquí cuando entran los derechos humanos a ser parte vital en el proceso de defensa de esta población vulnerable.
Según la Corte Interamericana de Derechos Humanos, es obligatorio proteger los derechos a la no discriminación, a la integridad y a la libertad personal, a las garantías judiciales y a un recurso judicial efectivo. Así mismo, y de manera acorde con lo establecido por la jurisprudencia de la Corte Internacional de Justicia, las autoridades estatales deben garantizar a todos los extranjeros el derecho a la asistencia consular.
Un derecho adicional a los establecidos por este tribunal internacional, que debe ser asegurado a los migrantes, es el contenido en el principio de non-refoulement. Esta norma de Derecho Internacional, de naturaleza consuetudinaria, establece el deber estatal de acoger en su territorio a toda persona que, de ser expulsada, afrontaría el riesgo de sufrir un perjuicio grave e irreparable en sus derechos a la vida y a la integridad personal, siempre y cuando no represente un peligro cierto para la seguridad del Estado.
El gran reto para Colombia está en atender esta población vulnerable y asegurarle la protección de sus derechos fundamentales, sin que ello implique desfavorecer los derechos de los nacionales colombianos.