La interpretación de las normas en la justicia constitucional colombiana
The interpretation of regulation in Colombian constitutional justice
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El Tribunal Constitucional de Colombia, creado por la Constitución Política de 1991 para garantizar la protección de los derechos fundamentales y el respeto a la Constitución, ha desarrollado a partir de su interpretación constitucional, una jurisprudencia protectora y creadora de nuevos derechos, extendiendo sus competencias judiciales poniéndolas muy cercas a las legislativas. Durante 26 años, la Corte ha estado aplicando una tipología interpretativa encontrada en sus sentencias, que muestra avances en la defensa de la constitución y la protección de los derechos fundamentales. Este artículo tratará de explicar los tipos de interpretación aplicados por Tribunal Constitucional colombiano.
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II. Huertas-Cárdenas, J. (2016). Monismo moderado colombiano: Examen a la teoría oficial de La Corte Constitucional desde la obra de Alfred Verdross. Bogotá, Revista Vniversitas. N° 132. enero-junio.
III. Gadamer, H., G. (1998). Verdad y método. Salamanca, Ediciones Sígueme 3ª edición.
IV. López Daza, G., A. (2005). La Corte Constitucional colombiana: Un gobierno de los jueces? Neiva, editorial Surcolombiana.
V. Monroy Cabra, M., G. (2002). La interpretación constitucional. Bogotá, editorial Librería del Profesional.
ARRÊTS DE LA COUR CONSTITUTIONNELLE
VI. SU-1122 de 2001 M.R. Eduardo Montealegre Lynett.
VII. T-439 de 2000 M.R. Alejandro Martinez Caballero.
VIII. T-116 de 2004 M.R. Eduardo Montealegre Lynett.
IX. T 566 de 1998 M.R. Eduardo Cifuentes Muñoz.
X. C-893 de 2012 M.R. Luis Guillermo Guerrero Pérez.
XI. C-372 de 2016 M.R. Luis Guillermo Guerrero Pérez.
XII. C-574 de 2011 M.R. Juan Carlos Henao Pérez.
XIII. C-931 de 2004 M.R. Marco Gerardo Monroy Cabra.
XIV. SU-712 de 2013 M.R. Jorge Iván Palacio Palacio.
XV. C-122 de 2011 M.R. Juan Carlos Henao Pérez.
XVI. C-302 de 2011 M.R. Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
XVII. SU-049 de 1999 M.R. José Gregorio Hernández Galindo.
XVIII. T-06 de 1992 M.R. Eduardo Cifuentes Muñoz.
XIX. C-560 de 1994 M.R. José Gregorio Hernández Galindo.
XX. T-214 de 2012 M.R. Luis Ernesto Vargas Silva.
XXI. T-214 de 2012 M.R. Luis Ernesto Vargas Silva.
XXII. C-100 de 1996 M.R. Alejandro Martínez Caballero.
XXIII. T-425 de 1995 M.R. Eduardo Cifuentes Muñoz.
XXIV. C-113 de 1993 M.R. Jorge Arango Mejía.
XXV. C-037 de 1996 M.R. Vladimiro Naranjo Meza.
XXVI. C-836 de 2001 M.R. Rodrigo Escobar Gil.
XXVII. C-619 de 2011 M.R. Humberto Sierra Porto.
XXVIII. C-182 de 2016 M.R. Gloria Stella Ortiz Delgado.
XXIX. C-109 de 1995 M.R. Alejandro Martínez Caballero.
XXX. C-690 de 1996 M.R. Alejandro Martínez Caballero.
XXXI. C-1230 de 2005 M.R. Rodrigo Escobar Gil.
XXXII. C-748 de 2009 M.R. Rodrigo Escobar Gil.